Septiembre 21, 2024

Ecología y Derechos Sociales en la Nueva Constitución

 

Por Mario Ortega

 

A propósito de la discusión por la nueva Constitución, escuchamos la mirada del poeta y abogado Mario Ortega sobre la carta magna que se trabaja arduamente en Chile, y que toca, entre otros, mayor responsabilidad y mirada ecológica y de derechos sociales.

 

Una Constitución es, además de normas y reglas específicas que definen la organización de un Estado, un conjunto de Principios aplicables no en la lógica de ser exigidos sí o no, al todo o nada, sino como tales, es decir, efectivamente como principios o directrices que orientan, informan y conducen el funcionamiento de los operadores jurídicos, políticos, sociales y económicos. Esos Principios tienen por tanto un alcance e importancia mayor, ya que permean, se propagan y estructuran de una forma más profunda el sistema legal de un país. Desde este punto de vista, el borrador del proyecto de Nueva Constitución que hasta ahora viene desarrollando la Convención Constitucional, robustece esta visión en dos ámbitos de principios fundamentales en la actualidad: la protección y promoción del Medio Ambiente y los Derechos Sociales, ambos mutuamente relacionados.

El que hasta ahora es candidato a artículo 1° de esta Nueva Constitución, arranca inmediatamente consagrando estos dos ámbitos. Define a Chile como un Estado social, ecológico, y como una República solidaria, en una relación indisoluble con la naturaleza. Esto es sencillamente un cambio radical con respecto a la anterior Constitución. Borra de un plumazo el llamado Estado Subsidiario, reemplazándolo por un sistema en el que el Estado tiene un deber activo con los Derechos Sociales y el Medio Ambiente. Ya no hay excusas para quedar o permitir quedar a merced del mercado ni de negocios privados.

Que esta Constitución sea ecológica (como es manifiesto en sus distintos apartados), pero a la vez consagre un Estado social, provoca que estos ámbitos se relacionen y refuercen mutuamente. La Constitución del dictador limita la protección del Medio Ambiente casi exclusivamente al ejercicio del derecho a la salud, “a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”. Prácticamente basta con un mero informe técnico de peritos en tribunales para que una empresa pueda seguir vulnerando estos derechos. Que la nueva Constitución sea ecológica y social, viene a reforzar la exigibilidad del respeto a la naturaleza en relación al derecho a la salud, sobre todo en los tribunales, que tendrán el deber de orientarse por estos principios claros y rotundos, por sobre el legalismo literal. Algo análogo puede decirse de, por ejemplo, el derecho a la vivienda y el medio ambiente, frente a la avidez casi carnívora de intereses inmobiliarios. La protección se reforzará, y ya no bastarán triquiñuelas de leguleyos para sortearla.

Pero donde hay mayores implicancias de esta Constitución ecológica es en los derechos relacionados con la Seguridad Social, sistema que la nueva Constitución crea como producto de una largamente postergada demanda social. Actualmente, el 75,5% de las inversiones de las AFP en empresas que operan en Chile, son extractivistas. Una Constitución que refuerza enérgicamente la protección del medio ambiente, promovería una mayor limitación y control de estas actividades extractivistas, reduciendo el interés que puedan en el futuro tener las AFP en estas actividades y, por consiguiente, su peso, poder e influencia en el Sistema de Seguridad Social, al verse limitados sus ingresos por esa vía. A la inversa, la creación y progresiva consolidación de un sistema de Seguridad Social implicará un serio competidor para las AFP y, con ello, su reducción y ojalá eliminación, lo que repercute inmediatamente en la inversión en actividades extractivistas. El negocio de las AFP se verá en todos los ámbitos afectado, tanto en lo medio ambiental como en el sistema de pensiones.

Finalmente, la orientación ecológica de la nueva Constitución, queda aún más de manifiesto en los apartados específicos referidos al tema. Allí se señala que la naturaleza tiene derechos (algo realmente inédito), se consagra un principio de responsabilidad ambiental en caso de daño, la protección y administración de bienes comunes, una acción popular para la defensa de estos bienes, la restricción de derechos para proteger el medio ambiente y la naturaleza, y el derecho de participación informada en materias ambientales, a nivel público y privado.

 

 

Mario Ortega (Sewell. Chile, 1975) ha publicado en Chile los libros de poemas La leyenda de la sangre (1995) y Animal roto (2000), y en España Nostos (Barcelona, 2012) y Tan sin Tiento (Madrid, 2014). Traductor de la novela El Vengador de Thomas de Quincey (Libros de la Vorágine, Barcelona, 2012). Beca Fundación Pablo Neruda 1997. Premio Juegos Literarios Gabriela Mistral, Santiago 1995 y Rafael Morales Universidad Carlos III de Madrid, 2003. Estudió Derecho en la Pontificia Universidad Católica. Ha residido en países como España, Estados Unidos y Francia. Actualmente vive en México.

Acá puedes encontrar la entrevista que hizo para la Fundación Pablo Neruda hace un tiempo atrás: https://cultura.fundacionneruda.org/2020/12/31/faenar-en-la-propia-usina-del-lenguaje-entrevista-a-mario-ortega/

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